General El Expropiesé ha comenzado

Zagaliko

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Que extraño..normalmente es al revés
 
No puede ser verdad. Huele a bulo

Edit Me sigue pareciendo increíble aunque venga en La Gaceta. No es una fuente fiable
 
Pues para ser bulo hay unas cuantas noticias de eso, acabo de poner otras capturas, pero vamos que si lo buscas aparece enseguida
Lo miraré. Si es cierto, es para denunciar y llevar hasta el Constitucional si es necesario.

Te pueden expropiar pero siempre con indemnización
 
Lo miraré. Si es cierto, es para denunciar y llevar hasta el Constitucional si es necesario.

Te pueden expropiar pero siempre con indemnización
Mogollón de noticias de eso he pillado la de la Gaceta pero hay un montón
 
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Se trata de parcelas agrarias colindantes con cauces.
Amplían la distancia desde el cauce a la parcela y por eso pasa a dominio público sin indemnización.

Esto ya es más normal.

Algunos plumillas redactan como les sale del nabo y explican fatal las noticias
 
Es lógico que en zonas inundables no haya parcelas agrarias y menos aún viviendas
 
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Se trata de parcelas agrarias colindantes con cauces.
Amplían la distancia desde el cauce a la parcela y por eso pasa a dominio público sin indemnización.

Esto ya es más normal.

Algunos plumillas redactan como les sale del nabo y explican fatal las noticias
Mínimo una indemnización si te quitan algo que es tuyo
 
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Se trata de parcelas agrarias colindantes con cauces.
Amplían la distancia desde el cauce a la parcela y por eso pasa a dominio público sin indemnización.

Esto ya es más normal.

Algunos plumillas redactan como les sale del nabo y explican fatal las noticias
Entonces no se podran edificar ...
 
Mínimo una indemnización si te quitan algo que es tuyo
En estos casos no. Si tienes una parcela en un cauce, hay una distancia que es de dominio público.
Si se amplía esa distancia por ser inundable, no corresponde. No es nada que haya cambiado Cerdo Chánchez. Ya era así
 
El problema es lo que ya estaba construido. Después si hay una riada, vienen las lamentaciones
 
Mínimo una indemnización si te quitan algo que es tuyo
Yo tengo una finca que linda con un río y hace muchos años que comunicaron a mí abuelo la distancia que marca la Confederación hidrográfica, que pasaba a ser de su propiedad.

Si se amplía la distancia de cauce porque se inunda con peligro, con más razón
 
EDATV, La Gaceta y The Ojete... fuentes de la máxima credibilidad...
 
No lo veo lógico @Lukasgri , si yo tengo un terreno dentro de la ley y luego cambias la ley y lo pierdo deberías indemnizar, estaba dentro de la ley hasta que la cambiad
 
Si te expropian un terreno, implica la pérdida de tu propiedad por parte del Estado o una entidad pública, pero a cambio tienes derecho a una indemnización justa. Esta indemnización, llamada justiprecio, debe ser equivalente al valor real del terreno y otros daños y perjuicios causados por la expropiación. Si no estás de acuerdo con el justiprecio ofrecido, puedes recurrir a los tribunales para defender tus derechos.

El proceso de expropiación:
  1. 1. Declaración de utilidad pública o interés social:
    La expropiación solo puede llevarse a cabo por motivos de utilidad pública o interés social, como la construcción de infraestructuras, parques, etc.

  2. 2. Pago del justiprecio:
    Previamente a la ocupación del terreno, se debe abonar el justiprecio, que es la indemnización justa por la pérdida del terreno y los perjuicios causados.

    • 3. Negociación y acuerdo:
      Si el propietario y la administración llegan a un acuerdo sobre el justiprecio, se formaliza la expropiación. En caso de desacuerdo, se puede recurrir a la vía judicial para determinar el valor correcto.
    • 4. Recurso contencioso-administrativo:
      Si la administración no paga el justiprecio o no está de acuerdo con la valoración, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.
Derechos del propietario:
    • Derecho a recibir una indemnización justa:
      La indemnización debe cubrir el valor real del terreno, los daños y perjuicios sufridos, y otros gastos adicionales.
    • Derecho a ser informado del procedimiento:
      El propietario debe ser notificado formalmente del proceso de expropiación y tener acceso a la información relevante.
    • Derecho a recurrir la decisión:
      En caso de desacuerdo con la valoración o el procedimiento, el propietario puede recurrir ante los tribunales.
    • Derecho a que se le pague antes de la ocupación:
      La ley exige que el justiprecio se abone antes de que la administración tome posesión del terreno.
En resumen, la expropiación es un proceso legal que implica la pérdida de la propiedad, pero también otorga al propietario el derecho a una indemnización justa y la posibilidad de defender sus derechos ante los tribunales.

A ver si os creeis que por donde pasa el AVE esos terrenos no tenían propietario en muchos casos...
 
El escarnio público sufrido por el galgo de Paiporta no iba a salir barato.

Ahí tienes la venganza,como cuando se ríen de Tommy DeVito en "Uno de los Nuestros"

martin scorsese book GIF
 
En estos casos no. Si tienes una parcela en un cauce, hay una distancia que es de dominio público.
Si se amplía esa distancia por ser inundable, no corresponde. No es nada que haya cambiado Cerdo Chánchez. Ya era así
Que pena, otra noticia vomitiva de la que culpar a Sánchez
 
Eso empieza por la buena costumbre de las confederaciones hidrográficas de no tener su trabajo hecho.

Habría que mirar más a fondo, pero me parece (sin mirarlo a fondo) que es una noticia mal redactada (incluso puede que a propósito). El DPH, lo que es del estado vienen siendo las fuentes de agua (el río y su servidumbre). Luego está la zona controlada por las confederaciones(zona de policía) donde no se puede construir y los usos del suelo están controlados y delimitados. Esa zona suelen ser los 100 metros siguientes al margen, pero es habitual que se marque hasta donde ha llegado la mayor inundación (la máxima de 100 años). Esa zona de control, sigue siendo de su dueño y si son tierras de cultivo van a seguir siendo tierras de cultivo.
Ahora bien, si han pasado al DPH las rieras, es algo que debería estar hecho hace décadas, pero como digo, las Confederaciones no suelen tener hechos los deberes normalmente. No solo esto, la delimitación de zonas inundables actualizadas, tenerlas cartografiadas (suelen coger los estudios de proyectos privados para ir rellenando lo que no hacen ellos), tener los márgenes limpios...
Si han pasado las rieras al DPH, lo que cambia de titularidad es la riera y la servidumbre, el resto de la finca será del mismo dueño y podrá seguir cultivando como hasta ahora, supongo que en la riera no cultivaría, estaría dejada libre. Le interesa para evitar que las avenidas se lleven por delante todos los campos (en buena parte lo puede evitar) y los agricultures se basan en al experiencia y eso les lleva a tener mejores ideas que los promotores. Las fincas, ahora tendrán el control de uso del suelo en la zona de los 100 metros del margen, con un uso agrario, no se deberian dar problemas, solo que nunca van a poder edificar y poner casetas de labranza requieren permiso y es posible que se les niegue (no se permiten edificaciones fijas, ni moviles...salvo que seas alguien con dinero y poder)
 
Nos manipulan desde ambos lados
Sabes eso de: De lo que veas, cree la mitad. De lo que no veas, nada.
Pues de la prensa, no creas mucho y para hacerte una idea de la verdad, coge lineas editoriales antagónicas y lee la misma noticia.....igual en el punto medio está algo parecido a la realidad, que lo dudo.
 
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